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sábado, 2 de mayo de 2026

Entendiendo el Nuevo Cerco a Cuba y la Reacción del Mundo: Guía Didáctica de las Sanciones de EE. UU. en 2026

Imagina que las sanciones económicas contra Cuba son como capas de una cebolla: cada administración estadounidense ha añadido una nueva capa, sin quitar las anteriores. El resultado es un sistema complejo donde conviven normas de 1963 con otras de 2026. Este documento te explica, paso a paso, qué cambió realmente el 1 de mayo de 2026, cómo se relaciona con lo que ya existía y qué postura están tomando potencias como China, Rusia y el bloque BRICS.

1. ¿De qué punto partimos? El embargo tradicional (y por qué no bastaba)

Para entender lo nuevo, primero hay que conocer lo viejo. El embargo económico contra Cuba no es una sola ley, sino un conjunto de normas acumuladas durante décadas.

La columna vertebral: las Regulaciones de Control de Activos Cubanos (CACR)

Desde 1963, el Título 31, Parte 515 del Código de Regulaciones Federales de EE. UU. (las famosas CACR) prohíbe a cualquier "persona de Estados Unidos" hacer negocios con Cuba o con ciudadanos cubanos. ¿Quiénes son "personas de Estados Unidos"?

· Ciudadanos estadounidenses.
· Residentes permanentes.
· Empresas constituidas en EE. UU.
· Y, crucialmente, las filiales extranjeras de esas empresas.

🔍 Ejemplo práctico: Una empresa minera canadiense no es "persona de EE. UU.", así que en teoría podía hacer negocios con Cuba. Pero si esa empresa tuviera una filial en Miami, esa filial sí estaría atrapada por el embargo.

Estas regulaciones se basaban originalmente en la Ley de Comercio con el Enemigo (TWEA) de 1917, y se volvieron aún más rígidas cuando el Congreso las blindó con dos leyes en los años 90:

· Ley Torricelli (1992): Prohibió a subsidiarias extranjeras de empresas estadounidenses comerciar con Cuba.
· Ley Helms-Burton (1996): Codificó todas las restricciones y, sobre todo, le quitó al presidente el poder de levantar el embargo por sí solo. Desde entonces, se necesita la aprobación del Congreso o una transición democrática certificada en Cuba (algo que no ha ocurrido).

Otras capas del embargo primario que siguen vigentes en 2026

1. Prohibición de viajes turísticos: Un estadounidense no puede ir a Cuba a hacer turismo. Solo se permiten viajes por motivos familiares, periodísticos, religiosos, humanitarios o de investigación profesional, siempre con registros detallados.
2. Corte de las transacciones "U-Turn": Antes, un banco extranjero podía usar el sistema financiero de EE. UU. para transferir fondos entre dos cuentas no estadounidenses relacionadas con Cuba (por ejemplo, de Madrid a Tokio, pasando por Nueva York). Esa posibilidad fue eliminada: ningún pago vinculado a Cuba puede tocar el sistema en dólares, ni siquiera de paso.
3. Bloqueo a las criptomonedas: En julio de 2023, la OFAC (Oficina de Control de Activos Extranjeros) prohibió expresamente el uso de criptoactivos para evadir el embargo.
4. Remesas asfixiadas: Las remesas familiares solo pueden ir a familiares directos, pero nunca si el destinatario es un alto funcionario del gobierno, miembro del Partido Comunista o aparece en la Lista de Entidades Restringidas. Además, se bloqueó a la empresa estatal FINCIMEX, lo que obligó a Western Union y otras remesadoras a salir de la isla.
5. Restricciones a licencias humanitarias: Aunque existen excepciones legales para exportar alimentos y medicinas (gracias a la Ley TSRA del año 2000), en la práctica los bancos tienen tanto miedo a ser sancionados que se niegan a procesar incluso esas transacciones autorizadas. Esto se conoce como "efecto congelador" y es una pieza clave que retomaremos más adelante.

2. Junio de 2025: El memorándum NSPM-5 y el retorno a la línea dura

El 30 de junio de 2025, el presidente reedita el Memorándum de Seguridad Nacional 5 (NSPM-5), una directriz que ordena a todas las agencias federales:

· Prohibir cualquier transacción financiera con entidades controladas por las fuerzas armadas, inteligencia o seguridad cubanas.
· Apuntar especialmente a GAESA, el conglomerado militar que controla más del 60% de la economía cubana (turismo, puertos, comercio minorista en divisas).
· Mantener a Cuba en la lista de Estados Patrocinadores del Terrorismo (SSOT), lo que estigmatiza al país y disuade la inversión extranjera.

Este memorándum sigue plenamente vigente y es el preámbulo de lo que vendrá en 2026.

3. La crisis de enero-febrero 2026: Cuando los aranceles extraterritoriales chocan con la ley

A finales de enero de 2026, el presidente declara una "Emergencia Nacional" respecto a Cuba mediante el Decreto 14380, invocando sus poderes bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA). El argumento: Cuba alberga instalaciones de inteligencia rusas y chinas, coopera militarmente con estos países y da refugio a grupos terroristas.

Para contrarrestarlo, el decreto original amenazaba con imponer aranceles altísimos a cualquier país que vendiera petróleo a Cuba. La lógica era sencilla: si México o Vietnam suministraban combustible a la isla, sus productos al entrar a EE. UU. pagarían aranceles tan caros que preferirían cortar el suministro. Una especie de "bloqueo de combustible por encargo".

Pero el 20 de febrero de 2026, la Corte Suprema de EE. UU. emite un fallo demoledor en el caso Learning Resources, Inc. v. Trump: la IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles. Los aranceles son competencia del Congreso.

Ese mismo día, el presidente firma el Decreto 14389, eliminando los aranceles en todos los programas de sanciones, incluido el de Cuba. Sin embargo, mantiene intacta la declaración de emergencia nacional. Este detalle es fundamental: al conservar la emergencia, el gobierno se queda con el "paraguas legal" de la IEEPA para actuar.

4. El salto cualitativo: el Decreto Ejecutivo del 1 de mayo de 2026

Sin poder usar aranceles, pero con una emergencia nacional viva, el gobierno diseña una nueva estrategia. El resultado es el decreto del 1 de mayo: "Imposición de sanciones a los responsables de la represión en Cuba y de las amenazas a la seguridad nacional y la política exterior de los Estados Unidos".

Este decreto no elimina nada de lo anterior. Lo que hace es añadir tres capas nuevas, mucho más potentes y extraterritoriales. Veámoslas una a una.

Ataque 1: El bloqueo sectorial extraterritorial

Hasta ahora, las CACR se centraban en lo que hacían los estadounidenses y sus empresas. Una empresa europea que invirtiera en minería de níquel en Cuba no violaba automáticamente el embargo, siempre que no usara componentes, bancos o filiales estadounidenses.

Esto cambia radicalmente. La Sección 2(a)(i)(A) del decreto permite bloquear (congelar) todos los bienes bajo jurisdicción de EE. UU. de cualquier persona o empresa extranjera que opere en estos sectores de la economía cubana:

1. Energía (petróleo, gas, electricidad).
2. Defensa y material relacionado.
3. Metales y minería.
4. Servicios financieros.
5. Seguridad.
6. Cualquier otro sector que el Secretario del Tesoro determine en el futuro.

🔍 Ejemplo práctico: Si una minera canadiense (sin oficinas en EE. UU.) extrae níquel en Cuba, ahora puede ser incluida en la "Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas" (Lista SDN). Sus cuentas en dólares serían congeladas y nadie en EE. UU. podría hacer negocios con ella. El efecto disuasorio es absoluto: nadie querrá invertir en esos sectores en Cuba.

Ataque 2: La responsabilidad penal de los "familiares adultos"

Otra novedad de la Sección 2(a)(i)(I) es que se pueden congelar los bienes de los "familiares adultos" de cualquier persona sancionada por el decreto (por ejemplo, altos funcionarios cubanos acusados de corrupción o abusos de derechos humanos).

Esta táctica ya se había usado con Siria y Venezuela, y busca cerrar el clásico escape de testaferros: cuando un general ponía sus propiedades en Miami a nombre de su esposa o de un hijo mayor de edad, ahora toda la familia queda expuesta a las mismas sanciones.

Ataque 3: Las sanciones secundarias financieras (la verdadera bomba)

Aquí está el cambio más profundo. Hasta ahora, el embargo prohibía a los bancos estadounidenses tocar fondos cubanos e impedía que pagos en dólares pasaran por Nueva York. Pero un banco europeo podía, en teoría, financiar una operación de compraventa de azúcar cubana usando euros y sin tocar el sistema financiero de EE. UU.

La Sección 4 del decreto liquida ese resquicio. Otorga al Secretario del Tesoro el poder de sancionar a cualquier institución financiera extranjera (banco, aseguradora, remesadora, fondo de inversión) en cualquier lugar del mundo que, a sabiendas, realice o facilite una "transacción significativa" en nombre de una persona o entidad bloqueada bajo este decreto.

Las dos armas contra ese banco son:

· Prohibirle abrir o mantener cuentas corresponsales en EE. UU. (lo que le impide realizar operaciones en dólares y lo aísla del comercio internacional).
· Congelar todos sus bienes en jurisdicción de EE. UU., vetándolo de cualquier negocio futuro con entidades estadounidenses.

🔍 Ejemplo práctico: Un banco alemán procesa el pago de una turbina para la empresa eléctrica cubana (sector energético, ahora sancionable). Aunque la operación sea en euros y no pase por Nueva York, el Tesoro puede determinar que esa transacción es "significativa" e imponerle una sanción que equivalga a su expulsión del sistema financiero global, porque sin acceso al dólar, ese banco prácticamente muere.

Esto se había aplicado contra Irán con letal eficacia, y ahora se traslada a Cuba. Es la extraterritorialidad pura: EE. UU. impone su ley a bancos de terceros países bajo la amenaza de cortarles el acceso a su mercado.

Ataque 4: Sin aviso previo y con prohibición de entrada

Para que los sancionados no tengan tiempo de mover su dinero, la Sección 2(e) elimina el requisito de aviso previo. En cuanto alguien es designado, sus activos quedan congelados de inmediato.

Además, la Sección 3 suspende automáticamente la entrada a EE. UU. de cualquier individuo sancionado bajo estos criterios, tratándolo como un riesgo para la seguridad nacional.

5. Tabla comparativa: El antes y el después en una mirada

⚖️ Tabla comparativa: el antes y el después

Dimensión Régimen tradicional
(CACR y NSPM-5)
Nuevo régimen
(Decreto 1 de mayo de 2026)
¿Qué significa en la práctica?
A quién afecta Personas y empresas de Estados Unidos y sus filiales. Cualquier empresa extranjera que opere en sectores designados, aunque no tenga vínculo con EE. UU. Las mineras canadienses, petroleras europeas y bancos asiáticos están ahora en la mira.
Sectores atacados Solo entidades ligadas a GAESA (aparato militar y de seguridad). Toda la economía: energía, minería, servicios financieros, defensa, seguridad. Se busca paralizar las industrias civiles que generan ingresos al Estado cubano.
Mecanismo contra terceros Prohibición de transacciones "U‑Turn"; presión moral. Sanciones secundarias: pérdida de cuentas corresponsales o bloqueo total de bienes en EE. UU. Los bancos globales tienen que elegir entre Cuba o el mercado estadounidense.
Responsabilidad familiar Solo sobre la persona sancionada. Se extiende a "familiares adultos". Las élites ya no pueden esconder propiedades a nombre de parientes.
Aviso previo Habitualmente existe. Eliminado para evitar fugas de capitales. Congelamiento instantáneo, sin tiempo de reacción.
6. Pero… ¿y las licencias humanitarias? El "efecto congelador" en acción

Aquí surge una trampa bien identificada en el documento. El propio decreto, en su Sección 2(b), dice que no afecta a las licencias humanitarias previstas en las CACR, como las exportaciones de alimentos y medicinas. Sobre el papel, eso suena bien.

El problema es la realidad. Imaginemos una empresa de granos de Nebraska que quiere exportar trigo a Cuba, algo permitido con las licencias TSRA. Para cobrar, necesita que un banco (pongamos, francés) procese el pago desde La Habana.

Ese banco francés mira la Sección 4 del decreto y piensa: "Si proceso este pago, puedo ser acusado de facilitar una transacción del 'sector financiero' cubano (ahora sancionable) y perder mi acceso al sistema financiero estadounidense." Ante la duda, el banco se niega a procesar la operación.

Así, una transacción perfectamente legal se vuelve imposible. Esto es el sobre cumplimiento (over-compliance) o efecto congelador (chilling effect): los bancos prefieren cortar todo lazo con Cuba antes que arriesgarse a ser sancionados. El resultado práctico es un bloqueo aún más hermético, donde ni siquiera la ayuda humanitaria fluye con normalidad.

7. Las consecuencias reales: crisis energética, choque con Europa y crimen humanitario

El colapso del sector energético

A principios de 2026, Venezuela —suministrador tradicional de petróleo a Cuba— colapsa con la Operación Resolución Absoluta y el arresto de Maduro. La isla se queda sin gasolina. En febrero, Cuba suspende el reabastecimiento de turbosina en todos los aeropuertos por falta de reservas.

El decreto de mayo añade la puntilla: amenaza a cualquier petrolera (rusa, mexicana) o naviera que intente enviar crudo a la isla. Aunque algún buque ruso logre descargar un cargamento de emergencia, las aseguradoras marítimas (muchas ubicadas en Londres, dependientes del mercado estadounidense) se negarán a cubrir esos viajes. El cerco energético se cierra casi por completo.

El choque con la Unión Europea y Canadá

La UE tiene desde 1996 un Estatuto de Bloqueo (Reglamento CE 2271/96) que prohíbe a sus empresas obedecer sanciones extraterritoriales de EE. UU. En teoría, un banco francés que cumpla con el decreto de mayo se arriesga a multas en Europa.

En la práctica, ningún banco se la juega. Prefiere violar la ley europea (con sanciones mucho más leves) antes que perder el acceso al dólar. Este "dilema del prisionero" financiero demuestra que, en la guerra económica, la jurisdicción que controla la moneda de reserva mundial tiene una ventaja aplastante.

El costo humano

Relatores de la ONU han calificado estas medidas como "castigo colectivo". Investigaciones independientes muestran que el endurecimiento de las sanciones entre 2017 y 2026 ha disparado la mortalidad infantil en Cuba en un 148% respecto a la década anterior, al encarecer medicamentos, equipos médicos y alimentos, y colapsar la infraestructura eléctrica y de agua potable.

Bajo el nuevo bloqueo sectorial, las inversiones necesarias para mantener una red eléctrica o potabilizadoras se vuelven tóxicas para cualquier empresa extranjera, agravando esta crisis humanitaria de manera irreversible.

8. La visión estratégica global: ¿Por qué hacer esto ahora?

El documento señala que este no es un ajuste menor contra un gobierno comunista del Caribe, sino un mensaje geopolítico contundente. El preámbulo del Decreto 14380 es explícito: Cuba es percibida como una "base de operaciones" de potencias rivales (Rusia, China, Irán) en el hemisferio occidental.

Al bloquear totalmente los sectores de telecomunicaciones, defensa, minería y energía, Washington busca:

· Impedir que China invierta en puertos o estaciones de espionaje electrónico a pocas millas de Florida.
· Enviar una señal a Moscú: no habrá espacio para bases de inteligencia rusa.
· Disuadir a cualquier país aliado de considerar a Cuba como un socio comercial estratégico.

Es decir, el aislamiento económico de la isla se convierte en una barrera de seguridad nacional para EE. UU.

9. ¿Cómo reacciona el resto del mundo? China, Rusia y los BRICS

Frente a esta ofensiva, las principales potencias no alineadas con Washington han respondido en un doble plano: condena política firme y apoyo material selectivo, aunque con notables cautelas. A continuación se detalla la posición de China, Rusia y el bloque BRICS.

🇨🇳 China: Apoyo diplomático frontal y asistencia táctica

Pekín ha calificado las sanciones como un "bloqueo brutal y sanciones ilegales", acusando a Washington de violar el derecho internacional y de injerencia. Rechaza con firmeza las acusaciones de espionaje y defiende su cooperación con la isla como "transparente y legítima". En paralelo, ha desplegado ayuda material de emergencia: 80 millones de dólares para la compra de equipos eléctricos y la donación de 60.000 toneladas de arroz. Su objetivo declarado es construir una capacidad de resistencia sostenible en Cuba, con la mirada puesta también en las energías renovables.

🇷🇺 Rusia: Solidaridad energética y desafío a la hegemonía de EE. UU.

Moscú combina la retórica más desafiante —Lavrov ha tachado la política estadounidense de "opresión colonial"— con un respaldo material directo: asistencia financiera, envío garantizado de 100.000 toneladas de combustible y preparación defensiva de la isla. El viceministro de Exteriores, Sergei Ryabkov, fue tajante: "Rusia no tiene planes de retirarse del hemisferio occidental, sin importar lo que diga Washington". Para el Kremlin, Cuba sigue siendo un aliado estratégico irrenunciable en el "patio trasero" estadounidense.

🌏 El eje sino-ruso: un "frente inquebrantable"

Ambas potencias han coordinado sus pasos en foros multilaterales y reuniones de alto nivel. En Beijing, reafirmaron su "alianza inquebrantable para mantener a Cuba a flote", utilizando espacios como los BRICS y la Organización de Cooperación de Shanghái para desafiar el orden unipolar.

🌐 El bloque BRICS: foro de denuncia, pero sin unanimidad

Cuba ha formalizado su intención de adherirse al grupo y utiliza sus cumbres para denunciar el "bloqueo petrolero". Sin embargo, dentro del bloque las posiciones son heterogéneas:

· Brasil, con Lula da Silva a la cabeza, ha sido el más contundente: ha calificado el embargo de "maldito" y ha coordinado ayuda conjunta con México y España.
· India y Sudáfrica mantienen un perfil más bajo a nivel gubernamental, apoyando las resoluciones críticas en la ONU pero evitando un enfrentamiento directo con Washington que ponga en riesgo sus propios vínculos comerciales.

10. ¿Un respaldo sólido o un gesto simbólico? Los límites del apoyo

Pese a la firmeza retórica, el verdadero poder del decreto del 1 de mayo reside en la disuasión. Aquí reside la clave: el temor a las sanciones secundarias, que hemos explicado antes, frena incluso a los aliados declarados de Cuba.

· El factor disuasorio funciona: Las empresas chinas y los bancos rusos deben calcular si prestar apoyo a la isla les puede costar el acceso al mercado estadounidense. Los analistas ya advierten que las compañías que mantengan intereses en Cuba corren un riesgo cierto de ser penalizadas.
· Limitaciones materiales: A pesar de los envíos puntuales de combustible, existen serias dudas sobre la capacidad real de Moscú y Pekín para suplir por completo las necesidades energéticas de la isla. De hecho, una investigadora del centro de estudios CIDOB de Barcelona señaló que "ninguno de los dos países está dispuesto a confrontar directamente el bloqueo petrolero de EE. UU. enviando crudo en cantidades suficientes". Esto sugiere que la cooperación actual, aunque crucial para el alivio inmediato, tiene un componente simbólico y que, en última instancia, Cuba "no es una prioridad estratégica" para ninguna de las dos potencias.

En otras palabras: China y Rusia están dispuestos a ayudar a Cuba a resistir, pero no a librar una guerra económica total con EE. UU. por ella. El cerco diseñado en mayo de 2026 aprovecha precisamente esa diferencia entre la solidaridad retórica y la verdadera capacidad o voluntad de desafío.

11. Síntesis final: Tres cambios sísmicos y un tablero global fracturado

Para responder a la pregunta inicial, ¿qué cambió el 1 de mayo de 2026?, podemos resumirlo en tres grandes transformaciones:

1. De la puntería quirúrgica al bombardeo sectorial. Ya no se persigue solo a GAESA y los militares; ahora se declara la guerra a industrias civiles enteras (energía, minería, finanzas) de las que depende la población cubana.
2. La extraterritorialidad llevada al extremo. Cualquier empresa del mundo, sin necesidad de tener una filial en EE. UU., puede ser sancionada por hacer negocios en sectores designados. Y, sobre todo, los bancos internacionales se convierten en policías forzosos del Tesoro estadounidense, bajo la amenaza de muerte financiera.
3. Responsabilidad por vínculo familiar. Las fortunas de los colaboradores del régimen cubano ya no pueden protegerse traspasándolas a cónyuges o hijos; toda la familia queda atrapada por las sanciones.

A esta nueva realidad se suma un escenario internacional donde China y Rusia elevan su condena y tienden puentes de asistencia, pero sin la voluntad —ni quizá la capacidad— de romper por completo el cerco. Mientras tanto, los BRICS se consolidan como foro de denuncia, aunque sin una postura única. El resultado es un candado económico más hermético que nunca, que solo encuentra alivio en un apoyo externo tan valioso como limitado.

Referencias:

1. Cuba Sanctions - Office of Foreign Assets Control, https://ofac.treasury.gov/sanctions-programs-and-country-information/cuba-sanctions
2. United States embargo against Cuba - Wikipedia, https://en.wikipedia.org/wiki/United_States_embargo_against_Cuba
3. Fact Sheet: President Donald J. Trump Strengthens the Policy of the United States Toward Cuba - The White House, https://www.whitehouse.gov/fact-sheets/2025/06/fact-sheet-president-donald-j-trump-strengthens-the-policy-of-the-united-states-toward-cuba/
4. Addressing Threats to the United States by the Government of Cuba - Federal Register, https://www.federalregister.gov/documents/2026/02/03/2026-02250/addressing-threats-to-the-united-states-by-the-government-of-cuba
5. United States terminates IEEPA-based tariffs following supreme court decision, https://www.whitecase.com/insight-alert/united-states-terminates-ieepa-based-tariffs-following-supreme-court-decision
6. Imposing Sanctions on Those Responsible for Repression in Cuba... - White House, https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2026/05/imposing-sanctions-on-those-responsible-for-repression-in-cuba-and-for-threats-to-united-states-national-security-and-foreign-policy/
7. UN experts condemn US executive order imposing fuel blockade on Cuba - ohchr, https://www.ohchr.org/en/press-releases/2026/02/un-experts-condemn-us-executive-order-imposing-fuel-blockade-cuba
8. US Sanctions and the Sharp Rise in Infant Mortality in Cuba - CEPR, https://cepr.net/publications/us-sanctions-and-the-sharp-rise-in-infant-mortality-in-cuba/
9. Cuba says Trump's fresh sanctions on its economy amount to 'collective punishment' - The Guardian, https://www.theguardian.com/world/2026/may/02/cuba-trump-new-sanctions-economy

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